A fines del mes pasado, el diputado Guillermo Castello (Cambiemos) presentó un proyecto de ley para la Provincia y hace unos días, el santafesino Lucas Incicco (PRO) lo impulsó para aplicarlo en toda la nación.
"Es un debate que hay que dar porque la ciudadanía lo está pidiendo". Así justificó su iniciativa el diputado provincial de la Coalición Cívica Ari (dentro de Cambiemos), Guillermo Castello, aunque se trata de una realidad que existe desde hace un largo tiempo. El proyecto de ley que presentó en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires a fines de octubre
busca prohibir la designación arbitraria de familiares de cualquier tipo en el Estado.La medida apuntaba a aplicarse en el territorio bonaerense, pero tuvo eco y hace unos días, el diputado oficialista santafesino Lucas Incicco (Unión PRO) presentó una propuesta similar para ser aplicada en toda la nación.Ambos proyectos prevén la restricción para diversos tipos de parentesco. Tanto los consanguíneos "en línea recta,
ascendientes o descendientes, en cualquier grado, y en línea colateral hasta cuatro grado"; cónyugues, parientes por afinidad, pareja conviviente o parientes consanguíneos de la pareja conviviente.
La propuesta a nivel nacional se aplicaría en funcionarios de los tres poderes, del Ministerio Público, de los órganos autárquicos y descentralizados de la Nación, así como también de las empresas estatales que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal permamente o provisoria, o tengan injerencia directa o indirecta en el nombramiento y contratación de personas en la administración pública nacional.
La diferencia entre la iniciativa nacional de Incicco y la provincial de Castello, radica en la sanción que se les aplicaría a quienes no cumplan con dicha ley.
Castello propuso "cinco años de inhabilitación para ejercer la función pública además de tener que devolver lo percibido indebidamente" mientras que Incicco apunta a siete años de inhabilitación tanto para el autor del nombramiento como para quien se benefició con esa contratación, también con al obligación de devolver los salarios cobrados estando en falta.Las únicas excepciones que prevén ambos proyectos radican en que el familiar o pariente pase por el régimen de concurso público que determine su idoneidad para el puesto a ocupar. Algo lógico, que establecen muchos estatutos y normativas legales pero que usualmente no se cumple. Ni en cargos a los que llegan familiares directos, indirectos como ha sido el caso de General Rodríguez en diversas gestiones; ni tampoco en cargos ocupados por otros funcionarios que más allá de no tener ningún parentesco acceden a la posibilidad laboral por amiguismos o clientelismo político.
"La designación de familiares sólo es posible por quienes conciben el Estado como patrimonio propio, convirtiendo el sistema republicano en una caricatura del régimen feudal", manifiesta Castello y, sobre su iniciativa, agrega:
"apunta a promover una meritocracia republicana, a garantizar la autonomía de la Administración Pública respecto al poder político, a consolidar una burocracia profesional y a promover la igualdad de oportunidades para acceder al empleo público".