Seguridad 25 SEP 2019

Asume la jueza del nuevo Juzgado de Familia con sede en Gral. Rodríguez

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Se trata del Juzgado de Familia Nº 3 del Departamento Judicial Moreno-General Rodríguez.

Este viernes, 27 de septiembre, se llevará a cabo el acto de jura y toma de posesión del cargo de jueza del Juzgado de Familia Nº 3 por parte de la Doctora Silvia Báez. La cita tendrá lugar en la flamante sede del Juzgado, sita en Av. Bernardo de Irigoyen 1118, a partir de las 13:00 horas, y contará con la participación del Presidente de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Mercedes, Doctor Carlos Alberto Violini, quien será el encargado de tomar el juramento de rigor a Báez. No obstante, se reconfirmó que esta importante dependencia judicial comenzará a funcionar el próximo 15 de octubre, fecha que ya se había deslizado en agosto pasado.

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Por último, el Colegio de Abogados de Moreno-Gral. Rodríguez informó las pautas de asignación de causas de las cuales deberá encargarse el Juzgado de Familia Nº 3:

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires dispuso, mediante Resolución 2.007/19, las siguientes pautas de asignación de expedientes al Juzgado de Familia Nº 3, con asiento en la ciudad General Rodríguez, a partir de su puesta en funcionamiento:a) Causas registradas en la Receptoría General de Expedientes con domicilio en la ciudad de General Rodríguez, con fecha de inicio posterior al 1º de enero de 2018.b) Causas que estén radicadas en los Juzgados Nº 1 y 2 como antecedentes de las causas consignadas en el punto a).A partir de la puesta en funcionamiento de dicho Juzgado, y por el término de cuatro meses, se adjudicarán a este órgano los expedientes nuevos que se inicien en el Fuero de Familia, a excepción de aquellos que registren antecedentes radicados en los Juzgados Nº 1 y 2, los que se adjudicarán a estos últimos órganos.Antes de finalizar el período establecido, la Secretaria de Planificación efectuará una evaluación a fin de determinar si se continúa, o no, con el criterio de asignación de causas dispuesto.Por otra parte, la Resolución dispone que, los magistrados en atención a la distribución dispuesta en el Artículo 1º, resuelvan cualquier inconveniente suscitado respecto de la radicación de las causas, con carácter previo a su comunicación a la Receptoría de Expedientes.
Fuente: www.camgr.org.
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