Se trata del reintegro que otorga el organismo previsional ante el fallecimiento de un jubilado o pensionado de ANSES.
En el marco del Decreto 655/2020 publicado el 8 de agosto en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de la Seguridad Social determinó que el Subsidio de Contención Familiar o gastos por sepelio aumenta de $6.000 a $15.000.
Asimismo, se amplió el universo total de personas que pueden solicitarlo: ahora podrán hacerlo los familiares de fallecidos por COVID-19 en situación de vulnerabilidad, los titulares de una Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y Prestaciones No Contributivas transferidas al organismo.
Estas personas se suman a los jubilados, pensionados y beneficiarios de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, a quienes ya estaba destinado este reintegro.
A quiénes les corresponde
- Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación.
- Viudos, viudas, convivientes, hijos e hijas con derecho a la pensión por fallecimiento.
- Otros herederos o herederas de la persona fallecida.
- Familiares directos de personas fallecidas por COVID-19 en situación de vulnerabilidad:
- desocupados o desocupadas
- trabajadores o trabajadoras informales
- monotributistas de las categorías A y B
- personal de casas particulares
- titulares de la Asignación por Embarazo
- madre, padre o adultos titulares o niños, niñas o adolescentes receptores de la AUH
- madre, padre o adultos titulares o personas mayores de edad con discapacidad receptores de la AUH
- Familiares directos de personas fallecidas que cobraban una Pensión por Adulto Mayor (PUAM).
- Parientes de personas fallecidas que recibían prestaciones no contributivas transferidas a la ANSES (beneficiarios y beneficiarias de Prestaciones No Contributivas transferidas a la ANSES en virtud del Decreto N° 746/17).
- Parientes de personas fallecidas que eran titulares de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.
Requisitos
- Los familiares de la persona fallecida deberán acreditar la titularidad de cualquiera de los beneficios previsionales descriptos o tenerlo en trámite con derecho otorgado.
- Presentar factura de gastos de sepelio o cremación.
- No haber transcurrido más de un año desde el fallecimiento.
Documentación
En original y copia:
- DNI de quien solicita el reintegro.
- Partida de defunción de la persona fallecida.
- Factura de la funeraria a nombre de la persona solicitante; o formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286, PS.6.296.
Monto
- El monto del subsidio es de $15.000 desde agosto de 2020.
Trámite
Se hace por internet.
- Puede realizarse junto con el inicio del trámite de la pensión.
- Si el trámite lo realiza otra persona que acredite haber pagado el sepelio o cremación, debe hacerlo antes de cumplirse un año del fallecimiento.
Para realizar el trámite, los interesados deben ingresar a anses.gob.ar/subsidio-de-contencion-familiar.