Así se aprobó en el ámbito del Concejo Deliberante. Habrá infracciones, multas económicas y hasta quite de licencias de conducir para quien incumpla la norma, que será formalizada en la eventualidad.
El Poder Legislativo de General Rodríguez sancionó en la última sesión del Honorable Concejo Deliberante (HCD) el proyecto de ordenanza que establece “Tolerancia Cero de Alcohol al Volante”, con el fin de disminuir los altos índices de accidentología vial y teniendo como remedios la prevención y la disuasión.
La iniciativa llegó al HCD por iniciativa de familiares de víctimas en siniestros viales e integrantes de la organización “Estrellas Amarillas”, de la Fundación Laura Cristina Ambrosio Battistel y cuya referente local es Sandra Martínez. “Es muy importante que estemos votando la tolerancia cero de alcohol al volante. En principio, agradecerle a Adriana, Claudia y a todos los compañeros que se han acercado y a los concejales que se han puesto a disposición de poder trabajar esta necesidad que la vinieron a proponer familiares de víctimas de siniestros viales y organizaciones. Es un trabajo que lo hicimos con mucha responsabilidad”, aseguró la edil Agustina Victoriano (Frente de Todos), durante su alocución en el recinto.
Según el documento de la iniciativa, elevada desde el Departamento Ejecutivo, se sostiene que está demostrado que el alcohol genera un deterioro marcado de la función psicomotora y la capacidad para conducir con seguridad, ya que disminuyen las funciones cognitivas, perceptivas y motoras de manera que cuanto mayor es el consumo, mayor es la pérdida de estas funciones
Asimismo, se aclara que la ordenanza actual se enmarca en la Ley Nacional de Tránsito, que permite circular con un nivel de hasta 0.5 gramos de alcohol en sangre. Con respecto a ello, se explica que en Argentina, salvo para los camioneros o conductores profesionales cuyo límite es de 0, para los motociclistas 0.2, dicha norma establece 0.5 gramos por litro de sangre como máximo permitido de alcohol para conducir vehículos.
Ante ello, se busca que en Gral. Rodríguez la presencia de alcohol en sangre de conductores sea igual a cero. Es así que el documento establece la prohibición “de conducción de cualquier tipo y/o especie de vehículo y/o medio de transporte con una presencia de alcohol en sangre superior a 0 miligramos por litro de sangre”.
Además, quedará prohibido en todo el territorio rodriguense la conducción “de cualquier tipo de vehículos bajo el consumo de estupefacientes y/o psicotrópicos y/o cualquier otra sustancia disminuya la aptitud para conducir”.
En tanto que se obligará “a todos los conductores a someterse a pruebas para determinar su estado de intoxicación alcohólica y/o psicotrópica y/o estupefacientes y/o estimulantes y otra sustancia análoga en su torrente sanguíneo”.
En tal sentido, la ordenanza establece una serie de sanciones por negarse a controles o fugarse, que serán “de cumplimiento efectivo y no podrán ser aplicadas con carácter condicional ni suspenso, consistiendo éstas en: multa de 100 hasta un máximo de 10.000 módulos; retención de la licencia de conducir; inhabilitación para conducir vehículos o determinada categoría de ellos”.
La vigencia de las multas será determinada de la siguiente manera:
- 9 meses para el caso de que el infractor conduzca con alcoholemia superior a 500 miligramos por litro hasta 999 miligramos de litro por sangre.
- 15 meses para el caso con alcoholemia superior a 1.000 miligramos hasta 1.500 miligramos.
- 21 meses para el caso con alcoholemia superior a 1.500 miligramos o se negare a realizar el examen pertinente.
Por último, el proyecto establece la creación de “un registro de antecedentes a los efectos de computar en el mismo las infracciones cometidas a la presente ordenanza y/o a las leyes de tránsito nacional y provincial”. El mismo funcionará dentro de la órbita de la Dirección de Tránsito municipal.