La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó cuándo se abonarán los haberes correspondientes a octubre.
El presidente Alberto Fernández firmó el martes 19 de octubre el decreto que establece un Complemento Mensual para el Salario Familiar, con el objetivo de beneficiar a unos dos millones de trabajadores. En este marco, la ANSES comenzó a abonar este lunes, 25 de octubre, el primer pago del Complemento, correspondiente a octubre.
En este sentido, cabe remarcar que el Complemento Mensual para el Salario Familiar alcanza a todas las trabajadoras y trabajadores registrados con hijas e hijos a cargo que cuentan con ingresos familiares de hasta $115.062, monotributistas de las categorías A, B, C o D y titulares de la Prestación por Desempleo.
Este primer pago de octubre duplicará el monto del Salario Familiar a 2,1 millones de trabajadoras y trabajadores argentinos y a un total de 3,2 millones de niños, niñas y adolescentes, precisaron desde el organismo previsional a cargo de Fernanda Raverta.
Qué valores corresponderán a cada beneficiario
La normativa del Complemento Mensual para el Salario Familiar establece que el monto que se abonará en octubre consistirá "en una suma no remunerativa equivalente a $5.063" para las personas "cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del primer rango de ingresos o que tributen en las categorías A, B o C del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)".
En tanto, indica que será "una suma no remunerativa equivalente a $3.415" para las personas "cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del segundo rango de ingresos o que tributen en la categoría D del RS".
A partir del mes de noviembre, el Gobierno nacional estipula que las personas cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del primer rango de ingresos será "equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $ 10.126, incluido el valor general de la Asignación por Hijo correspondiente al primer rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen".
Asimismo, se estableció que las personas cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del segundo rango de ingresos será "equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma $6.830, incluido el valor general de la Asignación por Hijo correspondiente al segundo rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen".
Y en su artículo 5, la normativa aclara que "el Complemento Mensual que se otorga por el presente decreto se abonará siempre que sus titulares hayan generado derecho al cobro de la Asignación por Hijo y/o de la Asignación por Hijo con Discapacidad y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto".