Sociedad Política 21 DIC 2022

Aprobaron la ley de pirotecnia cero en la Provincia: qué penas establece

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La Legislatura convirtió en ley la iniciativa de pirotecnia cero y se suma a la del alcohol cero.

Este 16 de diciembre, la Legislatura bonaerense aprobó la iniciativa que introduce cambios a la hora de festejar utilizando fuegos artificiales en todo el territorio.

La nueva ley de pirotecnia cero, regulará el uso, depósito y comercialización, tanto de elementos pirotécnicos clasificados como de venta libre. Esta propuesta nació de la combinación de proyectos que presentaron Eduardo Bucca del Frente de Todos y Juan Fiorini, del PRO.

La norma ya reglamentada, dejó en claro la prohibición de “la comercialización de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires” para “proteger la salud y el bienestar de la población y el ambiente de los efectos audibles, fumígenos, químicos y/o físicos”.

La misma, también regula el uso de pirotecnia en actos oficiales,  siendo “la adquisición y uso por parte del sector público provincial, de todo artificio pirotécnico o de cohetería, sea de bajo o alto impacto sonoro, en los eventos y/o espectáculos que organice”.

La ley de pirotecnia cero, establecerá multas entre cinco y cincuenta haberes mensuales de Agentes de Seguridad de la Policía bonaerense para las personas físicas y clausuras a los comerciantes con una duración entre cinco a diez días.

Cabe recordar que en General Rodríguez está prohibida la comercialización, distribución y uso de estos productos a partir de la sanción de la ordenanza Nº 4.715. La cual fue impulsada por familiares de niños con Trastorno del Espectro Autista (TEA). Dejando en un apartado según el Art. 2°, que “solo se permitirá la comercialización y venta libre de artificios pirotécnicos lumínicos los días 24, 25, y 31 de diciembre, y 1 de enero”.

 

 

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