Economía 23 ENE 2023

Empleadas domésticas: la AFIP activó el trámite para solicitar la devolución sobre el bono de fin de año

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Los empleadores de personal doméstico ya pueden solicitar la devolución del 50% del bono de fin de año, que contará con un tope máximo de $12.000.

Este lunes 16 de enero, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el plazo para que los empleadores formalicen el pedido de solicitud de reintegro de hasta el 50% del monto equivalente al bono de fin de año de $24.000.

El beneficio, se mantendrá vigente hasta el 23 de enero y será aplicable para todas las modalidades de trabajo y todas las categorías.

Devolución del bono de fin de año, requisitos:

- Registrar la o las relaciones laborales activas

- Registrar el efectivo pago de la asignación no remunerativa

- No ser sujeto encuadrado en el impuesto a las ganancias de cuarta categoría

- No contar en simultáneo con un empleo asalariado y una actividad económica encuadrada en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes en la categoría "C" o superior o en el régimen de trabajo autónomo

- No estar en el REPSAL

- Haber efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales, correspondiente al período fiscal 2021, que no supere 50 veces el importe determinado como ganancias no imponibles respecto del Impuesto a las Ganancias

- No ser propietario de más de un bien inmueble, de un automotor con antigüedad menor a un año, de más de un automotor, de una embarcación o aeronave.

Documentos que se necesitan para pedir la devolución a la AFIP:

- Adjuntar el recibo de sueldo correspondiente a diciembre de 2022 con la inclusión del pago de la asignación no remunerativa

- Seleccionar la cuenta bancaria en la que se percibirá la devolución. En caso de no tener declarada una CBU para devoluciones, se deberá registrar en una cuenta bancaria en el servicio con clave fiscal "Declaración de CBU".

Como pedir en la AFIP la devolución del bono:

El reintegro deberá solicitarse a través del portal de Casas Particulares mediante la opción "Solicitud de reintegro - Decreto N.º 841/22", allí se adjuntará la documentación y la información requerida. 

El resultado se informará en el Domicilio Fiscal Electrónico del solicitante. Cada usuario podrá hacer el seguimiento de sus solicitudes desde la opción "Mis solicitudes presentadas", dentro de la tarjeta "Solicitud de reintegro - Decreto N.º 841/22".