El organismo anunció nuevas modalidades de pago para MiPyMEs y entidades sin fines de lucro, que tienen deudas que datan hasta abril de 2023.
El nuevo plan que dispuso el Poder Ejecutivo Nacional, permite cancelar obligaciones tributarias y de recursos de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril con una tasa menor de financiación.
Este plan no exige pago a cuenta y, dependiendo del tipo de deuda que se trate, se ofrece hasta un máximo de 84 cuotas para Pequeñas y Micro Empresas, 48 para Medianas Empresas Tramo I y 36 para el resto de contribuyentes.
Se estima que las obligaciones tributarias y de recursos de seguridad social a regularizar con esta modalidad sería de $456.063 millones de pesos y beneficiaría a unos 656.121 contribuyentes, de los cuales el 48,1% son Pequeñas y Micro Empresas, 31,2% son Pequeños Contribuyentes y Monotributistas y 11,5% son Medianas Tramo I.
Las obligaciones alcanzadas por este plan de facilidades de pago son:
- Obligaciones impositivas y de recursos de seguridad social -incluidos intereses y multas-.
- Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses. Todo conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N°22.415 y sus modificaciones-.
Según fuentes del organismo, los pagos podrán realizarse desde el 29 de mayo hasta el 29 de septiembre de 2023.
Para hacerlo, se deberá ingresar con clave fiscal a "Mis Facilidades", opción “RG N° 5.361 - Plan de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 30 de abril de 2023”.
Cabe destacar que, la regularización mediante este régimen no implica reducción de intereses, liberación de sanciones pertinentes y tampoco para reformular planes ya vigentes.