Salud Economía 22 MAY 2024

El Gobierno decidió ampliar la lista de prepagas que deberán devolver los aumentos: cuáles son y desde cuándo

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El Ejecutivo busca moderar el impacto sobre el índice de la inflación y mitigar la presión para la clase media. Con esta ampliación, quedan alcanzadas 37 empresas que abarcan el 98% del mercado de la salud privada.

Este viernes, el Gobierno amplió la medida cautelar a otras 14 empresas prepagas para que retrotraigan los precios de las cuotas y que devuelvan a los afiliados lo cobrado de más durante el 2024. En total, suman 37 y abarcan el 98% de los beneficiarios del sistema de salud privado.

Se trata de las prepagas Sociedad Española de Beneficencia y Mutualidad, Cobensil, Medicals, Programa de Salud SA, Centro Médico Pueyrredón, Medin SA, International Health Services Argentina S.A., Obra Social YPF, OPDEA, OSDEPYM, Fundación Médica de Mar del Plata, ENSALUD, Organización de Prestaciones Médicas Privadas S.A., Obra Social del Personal de Dirección de la Industria Privada del Petróleo y Femedica.

En rigor, al inicio del conflicto, la medida cautelar fue parte de la acción oficial llevada adelante por el Ministerio de Economía que conduce Luis Caputo, a raíz de los incrementos en torno al 170% en los precios de la medicina prepaga tras la desregulación del sector que avaló el DNU 70/2023.

Según precisaron desde el Ejecutivo, se busca resguardar la competencia en defensa del libre mercado frente a las prácticas anticompetitivas “como el abuso de posición dominante y exceso en la determinación arbitraria e injustificada del aumento de las cuotas”.

Inicialmente, el pedido para retrotraer las cuotas fue elaborado por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, e implicaba a siete empresas: OSDE, Galeno, Medife, Swiss Medical, Hospital Británico, Hospital Alemán y Omint.

En los primeros cuatro meses del año, la categoría “gastos de prepaga” del INDEC trepó 141,8%, contra una inflación del 65%. Si bien la incidencia de prepagas en el IPC es de 2,2%, es más fuerte el impacto en la categoría de Servicios Regulados (10,9%). Además, como se trata de un gasto inelástico, mantenerlo para las familias podría tener impactos en el consumo de otros bienes.

Las empresas deberán presentar un plan de pago para retribuir a los clientes los montos diferenciales en las cuotas de enero, febrero, marzo y abril. De esta manera, el próximo lunes 27 de mayo, deberán presentarse en una audiencia ante el juez Juan Rafael Stinco en la que deberán explicar y detallar cómo realizarán las devoluciones.

Cómo calcular el "nuevo" valor de las cuotas 

Para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, como máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir, la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero).

Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).

Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146.

Información: Perfil