Política 21 JUL 2024

Qué dice el expediente sobre el procesamiento de los funcionarios procesados del Municipio de Gral. Rodríguez

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La notificación para el procesamiento de Luciano Larralde, Jefe de Gabinete, y de Fernando Díaz, subsecretario de Asuntos Gremiales, tiene fecha del 17 de julio. Siendo así, el último día de este mes ambos funcionarios deberán presentarse a declarar en ocasión de la denuncia por lesiones graves hecha por Samuel Rodríguez un año atrás

El Dr. Pablo Becerra, abogado de Samuel Rodríguez, el funcionario (ex coordinador de Obras Públicas) que denunció en agosto de 2023 a Luciano Larralde y Fernando Díaz por presuntas agresiones que le generaron lesiones graves, habló en la última edición de Contame La Posta donde anticipó en exclusiva el llamado a procesamiento del Jefe de Gabinete como del subsecretario de Asuntos Gremiales. 

En términos meramente legales, la Designación para Audiencia por el art. 308 tiene fecha de expedición del miércoles 17 de julio, y la causa dice textuales palabras: "Larralde, Luciano y otros s/ Lesiones Graves". 

El expediente cita que "Toda vez que existen elementos suficientes de la perpetración del delito que en principio se califica como lesiones graves conforme lo normado por los arts. 45 y 90 del Código Penal, y motivos bastantes para sospechar que Díaz Fernando Diego Omar y Larralde Luciano resultan ser probables coautores del mismo, corresponde que sea oído en los términos del art. 308 párrafo 1° del C.P.P., en tal sentido fíjese la audiencia para el día 31 de julio del corriente año a partir de las 10:00 h".

El abogado indicó en su momento que desde el 31 de julio pasarán a ser llamados formalmente procesados: "están llamados al procesamiento. No lo pueden evitar eh, no hay ningún instrumento a través del Código de Procedimiento a través del cual puedan evitar el llamado a procesamiento", aunque aclaró que recién a partir de ese día "empiezan los 4 meses de investigación final. Obviamente que igual es una instancia procesal muy diferente a la que venía sucediendo, motivo por el cual ahora el imputado se va a tener que cuidar no solo de comparecer a todas las diligencias judiciales, porque puede ser tomado como un principio de fuga, sino también de que cualquier manifestación que realice tanto pública y/o en privada, se va a tomar como un peligro procesal"

Lo cierto es que la notificación procesal, como sucede en todos los casos, fue enviada también a la Comisaría de jurisdicción más cercana, en este caso la Primera de General Rodríguez. El oficio dirigido al titular de la misma dice lo siguiente: "Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de Auxiliar Letrado de la Unidad Funcional de Instrucción nro. 1 del Departamento Judicial de Moreno - Gral. Rodriguez, sita en calle Zeballos 350 de Moreno, tel. 0237-4626288, correo electrónico [email protected], conforme art. 39 de la Ley 14442 LMPF, en el marco de la PP-19-01-005349-23/00 a fin de solicitarle que tenga a bien de notificar a: LUCIANO NORBERTO REMO LARRALDE (...) y DIAZ FERNANDO DIEGO OMAR (...) Que DEBERÁN COMPARECER EL DÍA 31 DE JULIO DE 2024 A LAS 10:00 HS a la sede de esta Unidad Funcional, a los fines de recibirle declaración en carácter de imputados en los términos del art. 308 del C.P.P. Además solicito notifique a los nombrados del contenido del art. 60 del C.P.P. por el delito de lesiones graves previsto en el art. 90 del C.P."

Hay un testigo notificado en esta causa y deberá prestar declaración el martes 6 de agosto a las 11 hs, según lo expuesto al titular de la DDI de Moreno-Gral Rodríguez: "Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de Auxiliar Letrado de la Unidad Funcional de Instrucción nro. 1 del Departamento Judicial de Moreno - Gral. Rodriguez, sita en calle Zeballos 350 de Moreno, tel. 0237-4626288, correo electrónico [email protected], conforme art. 39 de la Ley 14442 LMPF, en el marco de la PP-19-01-005349- 23/00 a fin de solicitarle NOTIFIQUE a (...) que DEBERÁ COMPARECER EL DÍA 06 DE AGOSTO DE 2024 A LAS
11:00 HS a la sede de esta Unidad Funcional, a los fines de recibirle declaración testimonial a tenor del art. 232 del C.P.P. / Para llevar a cabo la notificación y dar con el domicilio del nombrado deberá contactar a Rodríguez Samuel Matias (...)".

En cuanto a las pruebas presentadas, el Dr. Becerra describió en Contame La Posta que "está el testimonio de Samuel Rodríguez, todos los estudios médicos, el oficio del hospital que también respondió que los estudios médicos que nosotros presentamos eran verídicos, está también la diligencia de las cámaras de seguridad que lo ven salir de las oficinas. La realidad es que la imputación versa por un cúmulo de elementos que se van a tornar un poco más claros en el momento que tenga el acto de defensa del imputado".

Respecto a la posible hipótesis de la defensa, subrayó que "lo vamos a saber el 31. Ese día vamos a saber qué van a explicar, si se van a defender o no. Tienen la facultad de cualquier imputado de negarse a declarar también"

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FERRETERÍA ROVI