Sociedad Salud 17 AGO 2024

El Gobierno estableció nuevos cambios en el Certificado Único de Discapacidad: De qué se trata

Compartí en las redes

El pasado martes 13 de agosto, el Gobierno Nacional oficializó los criterios que se tendrán en cuenta para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento. Los detalles en esta nota.

De acuerdo a lo anunciado, la tramitación del mismo es voluntaria y gratuita, y la evaluación de su otorgamiento es realizada por una Junta Evaluadora interdisciplinaria que determina si corresponde o no su emisión.

Cabe recordar que, en marzo del año pasado, después de los insistentes reclamos efectuados por pacientes y familiares, el Gobierno de Alberto Fernández confirmó que los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) comenzarían a expedirse sin vencimiento, pero que la implementación sería “progresiva, gradual y en etapas”.

La norma, que llevaba la firma del entonces director ejecutivo de ANDIS, Fernando Gastón Galarraga, indicaba: "Establézcase que el Certificado Único de Discapacidad se otorgará sin sujeción a plazo temporal alguno, manteniendo plena vigencia y validez, mientras que los criterios certificantes se mantengan”.

Como ahora se modificó, se dejó sin efecto al Art. N.º 1 de la Resolución 322/2023, porque “los lineamientos aplicables al proceso de certificación y acompañamiento de las personas con discapacidad no han sido cumplidos ni implementados en las etapas y plazos establecidos, lo que deriva en inaplicable y obsoleto dicho acto administrativo con la promulgación de la ley N.º 27.711”.

Debido a ello, la actual gestión destacó que “corresponde aprobar los criterios en los que en la evaluación y valoración de la discapacidad se deba emitir un CUD sin vencimiento”.

Aunque es importante resaltar que los portadores del CUD podrán solicitar que este no venza y, "cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad", se podrá actualizar el certificado.

Criterios para la emisión del CUD:

De acuerdo a las recientes modificaciones, el anexo de la Resolución 1654/2024, firmada por el actual director ejecutivo de la ANDIS, Diego Orlando Spagnuolo, detalla que existen tres criterios claves para la emisión del certificado.

1- contempla las “Renovaciones previas”, es decir, a “personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente dos certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF)”.

2- hace hincapié en la “Persona Mayor”, o sea, aquella que “al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos 5 años”.

3- se refiere a quienes tienen “Necesidad de equipamiento permanente”. “Personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales”.

¿Quiénes pueden solicitar el CUD?

El Certificado Único de Discapacidad podrá ser solicitado por cualquier persona con una alteración funcional, permanente, transitoria o prolongada, física, sensorial o mental, que implique desventajas considerables para su adecuada integración familiar, social o laboral. Estas pueden estar vinculadas a distintas áreas:

- Intelectual y Mental

- Visual

- Motor

- Auditivo

- Respiratorio

- Cardiovascular

- Renal urológico

- Digestivo / Hepático

¿Qué beneficios tiene la obtención del CUD?

- Cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos).

- Traslados gratuitos en el transporte público terrestre.

- Ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por cónyuge con discapacidad.

- Exención de pago de peajes e impuestos (municipales, patentes, entre otros).

- Símbolo Internacional de acceso: libre estacionamiento en los lugares permitido Acceso al Cupo Laboral en la Administración Pública.

¿Cómo tramitar el CUD?

Para tramitar el certificado, el familiar del paciente deberá ingresar en la sección Agencia Nacional de Discapacidad del sitio web oficial del gobierno argentino, y seguir los siguientes pasos:

- Se deberá informar el tipo de trámite a realizar (primera solicitud, renovación, agravamiento, etc.).

- Completar el formulario con los datos del paciente: edad, origen del problema de salud, provincia y localidad de residencia.

- Responder las preguntas de la consulta personalizada para saber qué documentación llevar y a dónde ir para que acceder a un turno.

- Reunir la documentación necesaria con el equipo de salud que trata al paciente (certificados médicos, informes, planillas, estudios complementarios).

Luego de realizada la gestión, deberá acercarse al lugar asignado en la consulta y pedir un turno para la Junta Evaluadora.

Es importante aclarar, que el Certificado Único de Discapacidad o la denegatoria lo puede retirar cualquier persona mayor de 18 años con el documento original en el lugar donde se hizo la evaluación.

Fuente: Ámbito