Economía 19 AGO 2024

AFIP pedirá datos personales desde ahora en ciertas compras: desde qué monto y qué modalidad

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La AFIP actualizó los montos mínimos a partir de los cuales los compradores deben presentar información personal a los comercios. Aplica tanto para tarjetas como para efectivo y entró en vigencia en julio aunque se dio a conocer en los últimos días 

A partir de ahora, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó nuevos montos mínimos a partir de los cuales los comerciantes deberán informar los datos personales de los consumidores al realizar compras. Esta medida, que entró en vigencia en julio, tiene como objetivo principal prevenir la evasión fiscal y fortalecer el control sobre la emisión de comprobantes.

Los cambios afectan exclusivamente a las transacciones realizadas por consumidores finales, y los montos varían según el medio de pago utilizado, ya sea con tarjeta de débito, crédito, medios electrónicos o en efectivo.

Montos actualizados 

Si realizás una compra con tarjeta de crédito, débito, mediante códigos QR, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago electrónicos conforme a la normativa del Banco Central de la República Argentina (BCRA), los datos del consumidor deberán ser informados a la AFIP cuando la transacción iguale o supere los $344.488.

En el caso de pagos en efectivo, la obligación de informar los datos personales se activa cuando la factura emitida es igual o mayor a $172.244.

Qué datos se deben declarar 

Si tu compra alcanza o supera los montos mencionados, la información que el comerciante deberá proporcionar a la AFIP incluirá:

-Apellido y Nombres.
-Domicilio.
-Número de documento (DNI, LE, LC, Pasaporte o CI).
-Si corresponde, también se deberá informar el CUIT, CUIL o CDI.

Es importante que los consumidores estén al tanto de estos cambios, ya que a partir de ahora cualquier compra que supere los montos establecidos implicará la obligación de brindar información personal que será reportada al organismo fiscal.

Fuente: El Cronista