La Cámara Federal de Paraná declaró inconstitucional la liberación de precios de las empresas de medicina prepaga, tras el DNU 70/2023 de desregulación de la economía. Ahora, las firmas deberán dejar sin efecto los aumentos fijados desde enero de 2024
La Justicia dictó el primer fallo de fondo en segunda instancia que declaró la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del mega DNU 70/2023 que desregulaba los aumentos de las prepagas. Se trata de un fallo de la Cámara Federal de Paraná, en el caso de un usuario de la empresa OSDE para que deje sin efecto los aumentos realizados tras la desregulación del sector.
Los jueces declararon la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del DNU 70/2023, que firmó el presidente Javier Milei y su gabinete ni bien asumieron. De esta forma, devuelve a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) la obligación de observar los costos de las empresas del sector y fijar los aumentos autorizados para las compañías.
En efecto, el tribunal se pronunció en el marco de un proceso colectivo contra OSDE, promovido por Fernando Ismael Morsentti, tras los aumentos abusivos de la prepaga a partir de la vigencia del Decreto N° 70/2023 y luego de que la jueza María Isabel Caccioppoli, inscribiera como colectivo las presentaciones judiciales contra la prestadora.
Es preciso señalar que, la Ley 26.628, sancionada en mayo de 2011, tenía por objetivo establecer un régimen de regulación de las empresas de medicina prepaga, los planes de adhesión voluntaria y los planes superadores o complementarios por mayores servicios que comercialicen los Agentes del Seguro de Salud (ASS).
Una historia y varios capítulos
Tras el DNU N°70/2023 del presidente de la Nación, Javier Milei, que desreguló los aumentos de las cuotas de las empresas de medicina prepaga, que alcanzaron subas de hasta un 76% entre enero y febrero, y tras ello se acumularon de manera compulsiva los fallos judiciales y las aprobaciones cautelares contra los sucesivos incrementos.
En este sentido, debido a la lluvia de presentaciones judiciales y ante el malestar de la clase media, en abril pasado, el Gobierno frenó la medida y aseguró que las empresas de medicina prepaga debían retrotraer los aumentos a diciembre de 2023 para actualizar los montos en base a la inflación.
En concreto, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, desde la administración libertaria argumentaron que la decisión fue tomada tras una “investigación por presuntas conductas anticompetitivas iniciada a mediados de enero”, encabezada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC).
En ese contexto, el ministro de Economía, Luis Caputo, definió cómo debían actualizarse las cuotas en mayo, mientras que instó a las empresas de medicina prepaga, por medio de la Justicia, a presentar un plan de pago para devolver a los afiliados lo cobrado de más, por los aumentos desmedidos.
No obstante, en junio a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, Milei volvió a disponer la liberación de los precios de los coseguros a prepagas y obras sociales, de manera que ya no lo hará la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS).
Fuente: Infobae