El Gobierno Nacional prohibió a los municipios cobrar impuestos en los servicios públicos
La Secretaría de Comercio, dirigida por Pablo Lavigne, anunció que los municipios no podrán cobrar tasas e impuestos en las facturas de los servicios públicos.
La noticia se dio a conocer este miércoles 11 de septiembre, cuando a través de la Resolución 2024-267, publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio, oficializó la prohibición del cobro de impuestos en los servicios públicos, en los municipios.
El Ministro de Economía, Luis Caputo, confirmó la medida adjuntando la imagen de una boleta de luz de un municipio bonaerense, donde se remarca el impuesto local que coloca el municipio. “LOS MUNICIPIOS YA NO PODRÁN INCLUIR IMPUESTOS Y TASAS EN LAS FACTURAS DE SERVICIOS. Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana en el Boletín Oficial, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio”.
LOS MUNICIPIOS YA NO PODRÁN INCLUIR IMPUESTOS Y TASAS EN LAS FACTURAS DE SERVICIOS.
— totocaputo (@LuisCaputoAR) September 10, 2024
Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y… pic.twitter.com/jyld9jSCkE
La medida dicta: “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N.º 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”.
Incluso, deja establecido que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios “deberán colocar en toda facturación que se extienda al usuario su derecho a reclamar una indemnización si le son facturadas sumas o conceptos indebidos”.
El funcionario, días antes, ya había arremetido contra los intendentes del conurbano bonaerense, debido a los impuestos que cobraban. “Lo hacen no solamente con fines recaudatorios, sino también políticos: obstaculizan el programa económico que lleva adelante este gobierno. Lo peor: cobardemente las municipalidades esconden sus aumentos en facturas de otros bienes o servicios”, indicó.
A ello, se le sumó que múltiples organizaciones del sector comercial, opinaran o se manifestaran sobre la situación.
“Los aumentos de tasas municipales generarán más inflación”, señaló la Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas (Cadam).
Por su parte, la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), expresó su “preocupación y alarma por el incremento que a nivel de tributos provinciales y municipales se está dando en los últimos meses”.
Fuente: La Nación