A partir del 1° de diciembre, las empresas de medicina prepaga y las obras sociales tendrán la facultad de rechazar la afiliación de monotributistas y pequeños contribuyentes, según lo dispuesto por el Decreto 955/24 publicado en el Boletín Oficial. Se busca promover un “acceso eficiente y equitativo al sistema de cobertura de salud”
El Gobierno nacional anunció una nueva regulación que permite a las empresas de medicina prepaga decidir si aceptan o no la afiliación de monotributistas y pequeños contribuyentes, medida que impacta a un sector laboral particularmente vulnerable.
La disposición, comunicada mediante el Decreto 955/24 en el Boletín Oficial, establece un “Registro de Agentes de Seguro de Salud para la Cobertura Médico Asistencial de Pequeños Contribuyentes”, que comenzará a regir a partir del 1º de diciembre. Este registro obliga a los monotributistas a afiliarse únicamente a las entidades de salud que se inscriban en el sistema.
El decreto explica que “se ha identificado la necesidad de crear un registro específico de Agentes del Seguro de Salud que brinden cobertura a Pequeños Contribuyentes” y permite a los prestadores de salud decidir si se inscriben o no en este listado, requisito indispensable para recibir a estos afiliados. Este sistema estará bajo la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), un organismo descentralizado del Ministerio de Salud.
“En dicho Registro se inscribirán las entidades del Sistema Nacional del Seguro de Salud que acepten recibir, como parte integrante de su población beneficiario, a los Pequeños Contribuyentes adheridos al mencionado régimen, quedando facultadas para distinguir las categorías cuyo ingreso permitan”, agrega el decreto firmado por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Salud, Mario Lugones.
El sistema también establece que los monotributistas que opten por este régimen tendrán una cobertura en línea con el Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE). Asimismo, se implementará una permanencia mínima de 12 meses en la obra social seleccionada, período tras el cual los afiliados podrán optar por un cambio de prestador. “Tendrán aplicación exclusivamente para las situaciones y relaciones jurídicas que se configuren con posterioridad a su entrada en vigencia, no modificando, alterando ni afectando los derechos y obligaciones ya consolidados”, remarcó la SSS en su comunicado oficial.
Además, se determinó que este registro será aplicable a todos los monotributistas sin distinción de categoría, aunque cada Agente del Seguro de Salud podrá segmentar las categorías que desee admitir.
Un sector en constante aumento
En paralelo, las empresas de medicina prepaga notificaron a sus afiliados sobre un nuevo aumento en las cuotas para noviembre de 2024. Este incremento, el quinto del año, oscilará entre 3,9% y 6,9%, dependiendo de la empresa y el tipo de cobertura. A partir de julio, las prepagas pudieron ajustar sus tarifas sin la restricción del índice de precios, lo cual también afectará a algunos copagos. Los aumentos previstos para noviembre son los siguientes:
-Galeno: 6,9%
-Hospital Italiano: 5,22%
-Swiss Medical: 3,90%
-OSDE: 3,90%
-Accord Salud: 6,9%
Estos incrementos han generado inquietud entre los afiliados, quienes enfrentan una serie de aumentos adicionales previstos para el mismo mes.
Fuente: La Nación