Economía Tecnología 10 DIC 2024

ARCA iba a cobrar impuestos a Youtubers y Streamers pero eso no sucederá: qué fue lo que pasó

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Florencia Misrahi, titular de la ex AFIP -hoy denominada ARCA- fue desplazada por orden del presidente Javier Milei. Según se supo, el detonante fue su idea de aplicar impuestos a influencers y youtubers anunciado días atrás 

El Gobierno nacional echó a la titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Florencia Misrahi, por orden del presidente Javier Milei. Este desplazamiento responde a una medida del organismo recaudador que comenzaba a gravar la actividad de streamers e influencers.

El vocero presidencial, Manuel Adorni, confirmó la noticia mediante un posteo en su cuenta de X (ex Twitter), donde también adelantó que otros dos funcionarios de la ex AFIP fueron apartados de sus cargos.

Posteriormente, desde la Oficina del Presidente emitieron un comunicado en la misma plataforma en el que ratificaron este anuncio y aseguraron que la acción del organismo recaudador “fue inconsulta y será revertida de manera inmediata” luego de la salida de Misrahi.

“La decisión de modificar el régimen tributario de streamers e influencers digitales fue tomada de manera inconsulta, y será revertida de manera inmediata tras su salida”, indicaron.

Asimismo, precisaron que el nuevo titular de ARCA será Juan Pazo, quien estuvo desde inicios del gobierno a cargo de la Secretaría de Coordinación de Producción y había pasado recientemente a la Cancillería para asumir la Secretaría de Relaciones Económicas Internacionales.

“Este Gobierno no va a perseguir a las nuevas formas de negocios digitales y reafirma su compromiso para trabajar en un régimen tributario simplificado. La solución al persistente déficit fiscal que sufrió por décadas la República Argentina no es buscar nuevas formas de recaudación sino bajar el gasto público”, cerraron.

La medida de la polémica 

Según lo que se había anunciado, a partir de ahora, los influencers, youtubers y streamers, tanto a nivel nacional como provincial, deberían inscribirse en ARCA y abonar los impuestos junto con el aporte jubilatorio.

La nueva medida, se trataba de una actualización que realizó el Nomenclador de Actividades económicas (CLAE), tomando en cuenta lo que ha generado en los últimos años la transformación digital para crear nuevas formas de negocios y modelos de servicios y, como se mueven en el sector económico.

De acuerdo a lo informado por el organismo estatal, a través de la Resolución General 5607, se había incorporado la actividad 731002 que involucraba a todos los “servicios de creación, edición, producción, difusión y/o publicidad de contenido audiovisual que sean utilizados y/o reproducidos a través de redes sociales, aplicaciones tecnológicas y/o plataformas digitales y otras actividades económicas vinculadas a creadores de contenido".

Por lo que se pudo saber, dentro de la norma, incluyeron "servicios de comunicación, publicidad y/o contenido audiovisual efectuados por aquellos sujetos que poseen una presencia en las redes y/o plataformas sociales -youtuber, instagramer, blogger, influencer, entre otros-, y cuya utilización y/o exhibición posterior se efectúan a través de cualquier medio y/o plataforma digital y/o tecnológica".

Debido a ello, todos los creadores de contenido, luego de registrar su actividad laboral, deberían inscribirse ante los siguientes impuestos.

Impuestos a Nivel Nacional:

Monotributo: si los ingresos anuales son inferiores a $68 millones, podrán inscribirse en el régimen simplificado, que incluye un componente impositivo en su cuota mensual para cubrir las obligaciones respectivas a IVA y Ganancias. 

IVA e Impuesto a las Ganancias: si tuviera ingresos superiores a $68 millones, deberán inscribirse como responsables inscriptos y determinar: IVA (de manera mensual) y Ganancias (de manera anual, con 5 anticipos para las personas humanas que tributan como autónomos).

Contribuciones de la seguridad social: este aporte se incluye en la cuota del Monotributo, pero si se tributa por el Régimen General de IVA y Ganancias, también se deberá contribuir a la Seguridad Social bajo el régimen de autónomos. 

Facturación: en este caso, deberían facturar los ingresos que perciban por su servicio. Este punto, incluye los canjes. Es decir, si el pago del servicio fuera un canje (la entrega de un bien), el importe a facturar será el precio de mercado del bien recibido. 

Impuestos a nivel provincial:

Una vez que la persona estuviera identificada a nivel nacional en ARCA, las provincias también irían a exigirle el pago de sus tributos.

Ingresos Brutos: si ejerce actividades en una sola provincia, debería inscribirse como contribuyente local en la misma. Si ejerce en más de una jurisdicción, en el convenio multilateral. 

Monotributo provincial: algunas provincias, como Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, Mendoza, San Juan, Jujuy, Salta, Río Negro, Neuquén, Santa Cruz, Chaco, Catamarca y Tierra del Fuego, se encuentran adheridas al monotributo unificado. Lo que implica que, junto con la cuota del Monotributo nacional, se cancelarán las obligaciones respectivas al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Fuente: Iproup