La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), dio a conocer como es la nueva normativa para realizar la facturación de las operaciones pautadas, facturadas y abonadas en dólares.
ARCA, a través de la Resolución General 5616/2024, publicada en el Boletín Oficial, aclaró cuál es el tipo de cambio a considerar, a partir de ahora, en las operaciones llevadas a cabo en dólares. Además, la medida, también actualizó las distintas modalidades de emisión de comprobantes con moneda extranjera.
¿Qué tipo de cambio se debe considerar al momento de hacer una factura en dólares?
Cuando se abone con la misma moneda, se deberá utilizar el tipo de cambio "vendedor divisa" informado por el Banco Nación, que corresponde al día hábil anterior al de la emisión de la factura.
En el caso de los comprobantes electrónicos que ya estén en dólares, cuando se informe que se cancela en la misma moneda, el sistema consignará el tipo de cambio de forma automática.
En ese sentido, ARCA, informó que quienes utilicen controladores fiscales de nueva tecnología, para documentar las operaciones en dólares, podrán utilizar “comprobantes en línea”, el facturador web gratuito que posee el organismo para emitir los comprobantes electrónicos.
¿Dónde se podrán ver las monedas con cotización del Banco Nación?
Aquellos comerciantes que necesiten ver la cotización en tiempo real de la moneda extranjera, deberán ingresar al sitio web de ARCA, para dirigirse al micrositio “Factura Electrónica”. Allí, verán publicadas las monedas que registran cotización en el Banco de la Nación Argentina.
En el caso de que la moneda no registre una cotización, el emisor del comprobante, deberá informar el tipo de cambio utilizado.
Tipos de comprobantes alcanzados por la nueva disposición de facturación:
De acuerdo a lo informado, la disposición que alcanzará a los comprobantes Clase “A”, Clase “B”, Clase “C”, Clase “E” y Clase “T”; dejó establecido el cronograma en el cual se implementarán las adecuaciones al sistema para la emisión de dichos comprobantes.
El cronograma contempla tres fechas:
- 15 de enero de 2025: quienes utilicen el servicio "Comprobantes en Línea".
- 15 de abril de 2025: será obligatorio para quienes facturen mediante web service (para las adecuaciones, los manuales con especificaciones técnicas para los desarrolladores y la homologación externa se encontrará disponible el 15 de enero de 2025).
En ambos casos, hasta que se implementen estos sistemas, el emisor del comprobante deberá consignar manualmente el tipo de cambio establecido en la disposición.
- 5 de marzo de 2025: aplicación "Facturador Móvil" y "Facturador".
Fuente: Perfil