Sociedad 17 ENE 2025

ANMAT prohibió la venta de limpiadores, desengrasantes y otros productos de limpieza

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) estableció la prohibición de comercializar una lista de productos de limpieza de uso doméstico, entre los que se encuentran limpiadores, desengrasantes y aromatizantes, pertenecientes a las marcas Glitter Armor, Q10/Química 10/CB, Match1, Detail Army, Glax Chemie y Panaro Car Care. 

La resolución 200/2025, que fue publicada en el Boletín Oficial, dejó establecida la prohibición, el uso, comercialización, distribución y publicidad de todos los lotes de los productos de las marcas involucradas hasta que cumplan con las normativas vigentes.

La medida se tomó debido a denuncias realizadas por usuarios a través del área de ANMAT Responde, quienes señalaron la presunta venta de estos productos sin contar con el registro correspondiente ante la autoridad sanitaria competente, por lo cual, el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal constató que los productos mencionados no se encontraban inscriptos en el registro del organismo.

Dentro de las irregularidades detectadas, encontraron que en las páginas web y plataformas de venta digital donde se promocionaban, no figuraban datos de establecimientos habilitados, pero de acuerdo a lo que manifiestan las Resoluciones ex MS y AS N.º 708/98 y N.º 709/98, “todo producto domisanitario debe ser fabricado en un establecimiento habilitado y contar con el registro sanitario correspondiente antes de su comercialización.”

Además, existían antecedentes en algunos productos de las marcas Q10/Química 10/CB y Match1, que habían estado previamente registrados, pero que fueron dados de baja “por no haber presentado el trámite de reinscripción de producto en tiempo y forma”.

La ANMAT notificó a tres de las firmas vinculadas con las irregularidades, en domicilios de posibles firmas titulares de los productos. No obstante, se registró solo una respuesta proveniente de la primera firma, en donde detallaba que su planta se encontraba en proceso de habilitación para obtener el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) y que, debido a una demora en la certificación de domicilio, no habían podido completar el trámite.

Desde el organismo aclararon que esta medida se busca “proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, de los que se desconocen las condiciones de manufactura y sobre los cuales no resulta posible brindar garantías acerca de su seguridad y eficacia”.

Fuente: Infobae

 

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