Quiénes pagarán Impuesto a las Ganancias con la nueva escala y cuál es el nuevo piso
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó el piso de Ganancias, que publicó las nuevas escalas y deducciones para el período que arranca en enero
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha implementado una actualización de las deducciones del Impuesto a las Ganancias, así como de las tablas de alícuotas utilizadas para calcular los descuentos aplicables a salarios y haberes jubilatorios. Este reajuste también incluye a los trabajadores autónomos, lo que supone un impacto amplio dentro del sistema tributario nacional.
El cálculo del ajuste de Ganancias se basó en la inflación acumulada entre septiembre y diciembre de 2024, que alcanzó un 11,78%. Como resultado, los trabajadores solteros sin cargas de familia empezarán a ser sujetos de retenciones a partir de ingresos brutos de $2.280.647 mensuales, lo que equivale a un salario neto aproximado de $1.892.937.
Por otro lado, un trabajador que declare cargas familiares, como cónyuge y dos hijos menores de 18 años, tendrá un límite de ingresos brutos de $3.024.494, correspondiente a un ingreso neto cercano a $2.500.000. Estas cifras muestran una mejora significativa en los valores deducibles, ampliando el margen de ingresos libres del impuesto a las Ganancias para quienes sostienen familias.
En el caso de los trabajadores autónomos, las deducciones también se ajustaron utilizando el mismo porcentaje de inflación. De esta forma, el ingreso promedio mensual libre del impuesto será de $1.468.658 para la categoría general y de $1.631.843 para profesionales y emprendedores. Este grupo tiene, además, un abanico más amplio de deducciones disponibles en comparación con los empleados en relación de dependencia, lo que podría aliviar su carga tributaria.
Por su parte, los jubilados que perciben un ingreso equivalente a ocho haberes mínimos comenzarán a pagar Ganancias a partir de los $2.127.256. Este ajuste busca equilibrar las contribuciones tributarias de este sector con las condiciones inflacionarias actuales.
Es importante destacar que la legislación del Impuesto a las Ganancias contempla dos actualizaciones anuales, en enero y junio, basadas en la inflación acumulada del semestre. Sin embargo, debido a una revisión extraordinaria implementada en septiembre, el ajuste actual se basó exclusivamente en los últimos tres meses del año.
Los cambios ya están vigentes para los salarios y haberes correspondientes a enero. Esto significa que las empresas deberán recalcular las retenciones de Ganancias realizadas y, en caso de haber descontado montos superiores a los establecidos, deberán compensar las diferencias en los próximos pagos. Este proceso de adaptación implica una revisión exhaustiva de las liquidaciones realizadas en diciembre.
Además, los montos máximos deducibles por determinados gastos también se incrementan en un 11,78%. Esto incluye conceptos como salarios del personal de servicio doméstico, gastos educativos de los hijos y alquiler de vivienda, lo que representa un alivio adicional para los contribuyentes que afrontan estos tipos de gastos recurrentes.
Fuente: Infobae