Sociedad 29 ENE 2025

Cómo es el proyecto que busca prohibir a los "trapitos" y "limpiavidrios" en la Provincia

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El diputado provincial Guillermo Castello (La Libertad Avanza) presentó un proyecto para que quede prohibida la actividad de cuida y lava coches en todo el territorio bonaerense

El diputado bonaerense de La Libertad Avanza, Guillermo Castello, en las últimas horas ingresó un proyecto de ley con el objetivo de prohibir la presencia de “trapitos” y limpiacoches en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires.

En rigor, la propuesta de Castello modifica el artículo 74 del Código de Faltas para que se incluya en los delitos contra la tranquilidad y el orden público “el servicio de autorización o guía de estacionamiento o cuidado de coches” y “la limpieza de vehículos que se encontraren estacionados en la vía pública o que estén detenidos en semáforos”.

Vale recordar que, según el Código de Faltas, las personas que incurran en delitos contra el orden público serán multadas con una sanción económica de entre el 15% y el 40% del sueldo mensual del Agente de Seguridad bonaerense, o con un arresto de dos a treinta días.

No obstante, además de incluir la actividad de los trapitos y los cuidacoches como conductas punibles, Castello (foto) agregó un articulado para duplicar o llevar el máximo la multa en caso de que funcionasen nucleados en una organización previa o cuando lo hagan en un evento masivo, como un recital.

“Para ambas conductas incorporamos dos agravantes específicos de la sanción, como lo son las hipótesis en las que las conductas descritas se cometan con una organización previa o en inmediaciones de espectáculos o eventos masivos, redacción lo suficientemente abarcativa como para comprender espectáculos deportivos, artísticos e incluso eventos privados que cumplan con la condición de masividad”, explicó Castello en los fundamentos de su iniciativa.

De la misma forma, también se doblarán las multas en caso de que el trapito y/o cuidacoches realice la actividad con una cobertura en su rostro, como capuchas o pañuelos, a fin de ocultar su identidad; y si el individuo portase “armas no convencionales” al momento del arresto.

“Incluimos como conducta punible no sólo el cuidado del vehículo propiamente dicho, sino la ‘ayuda’, las más de las veces compulsiva, para estacionar, como así también la ‘autorización’ para estacionar que muchos creen estar en situación de otorgar aunque se trate de un espacio público”, explicó el diputado libertario.

En su iniciativa, Castello relató que la prohibición no impone como requisito de arresto “la exigencia de retribución económica” para evitar las dificultades probatorias del delito, y apuntó que la Policía bonaerense podrá intervenir contra los trapitos y los cuidacoches solo con la constatación de la prestación del servicio.

Fuente: El Día 

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